Folio A4 · Supervisores · LA/FT y corrupción

SAGRILAFT, SARLAFT, SIPLAFT y PTEE: diferencias y cuál aplica a su empresa

  • Equipo Certia
  • Revisada el 20-oct-2026
  • Lectura de 9 min
4 nombresLas siglas varían según la autoridad y el riesgo; SARLAFT lo usan varias superintendencias.
CE 006 de 2025Circular de la Superfinanciera que reexpidió su Circular Básica Jurídica, donde está el SARLAFT.
2025Año en que la Supertransporte derogó la resolución de su SIPLAFT y adoptó un SARLAFT.

Son nombres de sistemas y programas de prevención que exigen distintas autoridades. La Superintendencia de Sociedades unificó en 2026 su SAGRILAFT y su PTEE. SARLAFT es el de la Superintendencia Financiera, y también lo usan las superintendencias de Salud, Economía Solidaria, Vigilancia y Transporte; las de Transporte, Salud y Vigilancia exigen además un PTEE. SIPLAFT lo usan Coljuegos y la Superintendencia de Notariado y Registro.

En esta guía · 8 secciones
  1. 01La diferencia en pocas palabras
  2. 02SAGRILAFT y PTEE: Superintendencia de Sociedades
  3. 03SARLAFT: Superintendencia Financiera
  4. 04SARLAFT en otras superintendencias
  5. 05SIPLAFT: Coljuegos, notarías y el antiguo sistema del transporte
  6. 06Cuál aplica a una empresa
  7. 07Base legal y fuentes
  8. 08Preguntas frecuentes

01La diferencia en pocas palabras

Las cuatro siglas nombran sistemas o programas de prevención que exigen distintas autoridades. Estas son las normas de cada una:

SiglaQué esQuién lo exigeNorma vigente
SAGRILAFTSistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masivaSuperintendencia de SociedadesCircular Externa 100-000020 de 2026, capítulo IX, con otro nombre (antes, Circular Externa 100-000016 de 2020)
PTEEPrograma de Transparencia y Ética Empresarial, sobre riesgos de corrupción y soborno transnacionalSuperintendencia de Sociedades y otras autoridades de vigilancia, entre ellas las superintendencias de Transporte, de Salud y de Vigilancia y Seguridad Privada (Ley 2195 de 2022, artículo 9)En la Supersociedades, Circular Externa 100-000020 de 2026, capítulo IX (antes, Circular Externa 100-000011 de 2021)
SARLAFTSistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del TerrorismoSuperintendencia Financiera, y con normas propias las superintendencias de Salud, Economía Solidaria, Vigilancia y Seguridad Privada y TransportePara la Superfinanciera, Circular Básica Jurídica, Parte I, Título IV, Capítulo IV
SIPLAFTSistema Integral de Prevención y Control del Lavado de Activos, de la Financiación del Terrorismo y de la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción MasivaColjuegos, y la Superintendencia de Notariado y Registro para los notariosColjuegos: Resolución 20195100044514 de 2019; notarios: Instrucción Administrativa 17 de 2016 de la Superintendencia de Notariado y Registro
Quién exige cada sistema o programa, según las normas y las páginas oficiales que cita esta guía. Gráfico: Certia.

La Ley 526 de 1999 establece en su artículo 10 que «las autoridades que ejerzan funciones de inspección, vigilancia y control, instruirán a sus vigilados sobre las características, periodicidad y controles en relación con la información a recaudar» para la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), que esa misma ley creó.

02SAGRILAFT y PTEE: Superintendencia de Sociedades

La Circular Externa 100-000016 de 2020, hoy derogada, definía el SAGRILAFT como «el sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de LA/FT/FPADM». Qué es, a quién obliga y con qué umbrales está en la guía Qué es SAGRILAFT y quién está obligado en 2026.

PTEE es el Programa de Transparencia y Ética Empresarial. La Circular Externa 100-000011 de 2021, que adicionó el capítulo XIII a la Circular Básica Jurídica, lo definió como «el documento que recoge la Política de Cumplimiento, los procedimientos específicos a cargo del Oficial de Cumplimiento, encaminados a poner en funcionamiento la Política de Cumplimiento, con el fin de identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar los Riesgos de Corrupción o los Riesgos de Soborno Transnacional».

Desde la Circular Externa 100-000020 de 2026, los dos están unificados en el capítulo IX, en el «Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST». Quien ya estaba obligado tiene hasta el 31 de mayo de 2027 para ajustar su sistema (numeral 9.29).

El PTEE no es exclusivo de la Superintendencia de Sociedades. El artículo 9 de la Ley 2195 de 2022 dice que las personas jurídicas sujetas a inspección, vigilancia o control «adoptarán programas de transparencia y ética empresarial» y que «Las respectivas superintendencias o autoridades de inspección, vigilancia o control determinarán el contenido» de esos programas. La Superintendencia de Salud, por ejemplo, ordena a sus vigilados que «deberán diseñar, adoptar e implementar un PTEE» (Circular Externa 2022151000000053-5 de 2022), y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada dice que los servicios que vigila «deberán implementar de manera obligatoria el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE)» (Circular 20251000000035CS de 2025).

03SARLAFT: Superintendencia Financiera

La Superintendencia Financiera «requiere que las entidades vigiladas implementen un Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT)», en desarrollo de los artículos 102 y siguientes del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. El numeral 1 del artículo 102 dice que las instituciones vigiladas por la Superintendencia Financiera «estarán obligadas a adoptar medidas de control apropiadas y suficientes, orientadas a evitar que en la realización de sus operaciones puedan ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o destinados a su financiación».

  • Dónde está: Parte I, Título IV, Capítulo IV de la Circular Básica Jurídica. La Circular Externa 006 del 25 de junio de 2025 reexpidió esa circular, subrogó el texto de la Circular Externa 029 de 2014 y rige desde el 26 de junio de 2025.
  • A quién aplica: a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. El capítulo exceptúa, entre otras, a Fogafin, Fogacoop, el Fondo Nacional de Garantías, las sociedades calificadoras de valores, las sociedades corredoras de seguros y los organismos de autorregulación. Esas excepciones «no afectan el deber legal de dichas entidades de cumplir lo establecido en los artículos 102 a 107 del EOSF, en lo que les resulte pertinente de acuerdo con su actividad».
  • Etapas: identificación, medición o evaluación, control y monitoreo (numeral 4.1).
  • Elementos: políticas, procedimientos, documentación, estructura organizacional, órganos de control, infraestructura tecnológica, divulgación de información y capacitación (numeral 4.2).

04SARLAFT en otras superintendencias

Otras autoridades usan también la sigla SARLAFT, cada una con su propia norma:

SupervisorA quién aplicaNorma
Superintendencia Nacional de SaludEntidades promotoras de salud de los regímenes contributivo y subsidiado, medicina prepagada, ambulancia prepagada, secretarías de salud e IPS de los grupos C1, C2 y D1Circular Externa 009 de 2016, modificada por la Circular Externa 20211700000005-5 de 2021
Superintendencia de la Economía SolidariaOrganizaciones solidarias vigiladas, con las excepciones del numeral 1.3 del capítuloCircular Básica Jurídica (Circular Externa 20 de 2020)
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad PrivadaTransportadoras de valores, empresas y cooperativas de vigilancia, blindadoras, empresas de capacitación y de asesoría en seguridad, entre otrasCircular Externa 20240000245 de 2024 (SARLAFT 2.0) y sus modificaciones
Superintendencia de TransporteVigilados con ingresos totales iguales o superiores a 142.206,50 UVB; por debajo, Régimen de Medidas SimplificadasResolución 2328 de 2025, modificada por las resoluciones 16615 de 2025 y 4607 de 2026

05SIPLAFT: Coljuegos, notarías y el antiguo sistema del transporte

Coljuegos define el SIPLAFT como «el Sistema Integral de Prevención y Control del Lavado de Activos, de la Financiación del Terrorismo y de la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva que deben adoptar los operadores obligados». Aplica a los operadores de juegos de suerte y azar autorizados por Coljuegos que tienen suscrito un contrato de concesión (Resolución 20195100044514 de 2019, artículo 1).

La Superintendencia de Notariado y Registro dirige a todos los notarios la Instrucción Administrativa 17 de 2016, para que «diseñen e implementen en sus Notarías el Sistema Integral de Prevención y Control del Riesgo de Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva», al que llama SIPLAFT. El calendario de reportes 2024 de la UIAF para notarios nombra el SIPLAFT como el sistema que deben aplicar, con base en esa instrucción.

La Superintendencia de Transporte también tuvo un SIPLAFT: la Resolución 74854 de 2016, de la entonces Superintendencia de Puertos y Transporte, lo hizo obligatorio para las empresas habilitadas para el transporte terrestre automotor de carga. La Resolución 2328 del 6 de marzo de 2025 derogó esa resolución y adoptó un SARLAFT para los vigilados de la Supertransporte.

06Cuál aplica a una empresa

Cada sistema aplica a quienes señala el ámbito de aplicación de su norma. En la Superintendencia de Sociedades, la regla general del sistema completo aplica a las empresas vigiladas o controladas por ella, con ingresos o activos totales iguales o superiores a 4.929.017 UVB, «siempre y cuando no estén vigiladas por otra entidad y tengan un régimen de vigilancia especial en razón de su actividad» (numeral 9.4 de la Circular Externa 100-000020 de 2026).

La tabla recoge las autoridades y normas citadas en esta guía y no es una lista completa: el artículo 9 de la Ley 2195 de 2022 dice que las personas jurídicas sujetas a inspección, vigilancia o control adoptarán programas de transparencia y ética empresarial, con el contenido que determine cada autoridad.

Si la empresa es vigilada porEl sistema se llamaNorma
Superintendencia de SociedadesSistema de Autocontrol y Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST (antes SAGRILAFT y PTEE) o Régimen de Medidas MínimasCircular Externa 100-000020 de 2026
Superintendencia FinancieraSARLAFTCircular Básica Jurídica, Parte I, Título IV, Capítulo IV
Superintendencia Nacional de SaludSARLAFT y PTEECircular Externa 009 de 2016 y sus modificaciones; PTEE, Circular Externa 2022151000000053-5 de 2022
Superintendencia de la Economía SolidariaSARLAFTCircular Básica Jurídica (Circular Externa 20 de 2020)
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad PrivadaSARLAFT 2.0 y PTEECircular Externa 20240000245 de 2024 y sus modificaciones; PTEE, Circular 20251000000035CS de 2025
Superintendencia de TransporteSARLAFT o Régimen de Medidas Simplificadas, y PTEEResolución 2328 de 2025 y sus modificaciones; PTEE según su página oficial
Coljuegos (operadores con contrato de concesión)SIPLAFTResolución 20195100044514 de 2019
Superintendencia de Notariado y Registro (notarios)SIPLAFTInstrucción Administrativa 17 de 2016

En todos los casos, la obligación depende además de las condiciones que fija cada norma, como el tipo de entidad, los ingresos o los activos.

  • 02-jul-2026Circular Externa 100-000020 de 2026 (Circular Básica Jurídica), capítulo IXSuperintendencia de SociedadesVer fuente oficial
  • 24-dic-2020Circular Externa 100-000016 de 2020, hoy derogada: capítulo X de la Circular Básica Jurídica (SAGRILAFT)Superintendencia de SociedadesVer fuente oficial
  • 09-ago-2021Circular Externa 100-000011 de 2021, hoy derogada: capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica (PTEE)Superintendencia de SociedadesVer fuente oficial
  • 25-jun-2025Circular Externa 006 de 2025: reexpedición de la Circular Básica Jurídica (Parte I, Título IV, Capítulo IV: SARLAFT)Superintendencia Financiera de ColombiaVer fuente oficial
  • 02-abr-1993Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993), artículos 102 a 104Presidencia de la RepúblicaVer fuente oficial
  • 12-ago-1999Ley 526 de 1999, artículo 10Congreso de la República de ColombiaVer fuente oficial
  • 18-ene-2022Ley 2195 de 2022, artículo 9: programas de transparencia y ética empresarial (artículo 34-7 de la Ley 1474 de 2011)Congreso de la República de ColombiaVer fuente oficial
  • 05-ago-2022Circular Externa 2022151000000053-5 de 2022: lineamientos respecto al Programa de Transparencia y Ética EmpresarialSuperintendencia Nacional de SaludVer fuente oficial
  • 16-sep-2025Circular 20251000000035CS de 2025: lineamientos sobre el PTEE de los servicios de vigilancia y seguridad privada (compilación de la Cancillería)Superintendencia de Vigilancia y Seguridad PrivadaVer fuente oficial
  • 17-sep-2021Circular Externa 009 de 2016, modificada por la Circular Externa 20211700000005-5 de 2021: SARLAFT en saludSuperintendencia Nacional de SaludVer fuente oficial
  • 03-jul-2026Circular Básica Jurídica (Circular Externa 20 de 2020), versión actualizada: SARLAFT de las organizaciones solidariasSuperintendencia de la Economía SolidariaVer fuente oficial
  • 14-feb-2024Circular Externa 20240000245 de 2024: SARLAFT 2.0Superintendencia de Vigilancia y Seguridad PrivadaVer fuente oficial
  • 09-abr-2026Resolución 4607 de 2026, que modifica la Resolución 2328 de 2025: SARLAFT y Régimen de Medidas Simplificadas en transporteSuperintendencia de TransporteVer fuente oficial
  • 05-nov-2025Resolución 16615 de 2025, que modifica la Resolución 2328 de 2025Superintendencia de TransporteVer fuente oficial
  • 06-mar-2025Resolución 2328 de 2025: SARLAFT en transporte y derogatoria de la Resolución 74854 de 2016 (SIPLAFT)Superintendencia de TransporteVer fuente oficial
  • 16-mar-2017Presentación del SIPLAFT de la Resolución 74854 de 2016 para el transporte de cargaSuperintendencia de Puertos y TransporteVer fuente oficial
  • 27-oct-2016Instrucción Administrativa 17 de 2016: SIPLAFT en las notarías (copia publicada por la UIAF)Superintendencia de Notariado y RegistroVer fuente oficial
  • 01-ene-2024Calendario de reportes 2024 para notariosUIAFVer fuente oficial
  • 31-dic-2019Resolución 20195100044514 de 2019: SIPLAFT de los operadores de juegos de suerte y azar (texto compilado en el normograma de la Supersalud)ColjuegosVer fuente oficial

08Preguntas frecuentes

¿SAGRILAFT y SARLAFT son lo mismo?

No. SAGRILAFT es el nombre que usaba la Superintendencia de Sociedades para su sistema, hoy unificado con el PTEE en la Circular Externa 100-000020 de 2026, y SARLAFT es el que exige la Superintendencia Financiera a sus vigiladas, cada uno con su propia norma. Los dos se organizan en etapas de identificación, medición o evaluación, control y monitoreo del riesgo.

¿La Circular Externa 029 de 2014 sigue vigente?

No como texto propio. La Circular Externa 006 de 2025 de la Superintendencia Financiera dispuso «subrogar el texto completo de la Circular Externa 029 de 2014 (Circular Básica Jurídica)» por el texto que expidió, y rige desde el 26 de junio de 2025. El SARLAFT sigue en la Parte I, Título IV, Capítulo IV.

¿Sigue existiendo el SIPLAFT en el transporte?

No. La Resolución 2328 de 2025 de la Superintendencia de Transporte derogó la Resolución 74854 de 2016, que había hecho obligatorio el SIPLAFT para el transporte de carga, y adoptó un SARLAFT. Según la Resolución 4607 de 2026, las empresas ya habilitadas debían implementar el SARLAFT o el Régimen de Medidas Simplificadas, según les correspondiera, a más tardar el 6 de mayo de 2026.

¿Qué pasó con el PTEE en 2026?

La Circular Externa 100-000020 de 2026 de la Superintendencia de Sociedades unificó los capítulos X (SAGRILAFT) y XIII (PTEE) de su Circular Básica Jurídica en el capítulo IX, en un solo sistema que cubre lavado de activos, financiación del terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, corrupción local y soborno transnacional.

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